TDT

prnoticias.es – Una Sentencia declara nulo el proceso de adjudicación de TDT local pública de Cataluña, por el cual se habían concedido 37 licencias a un consorcio integrado por distintos ayuntamientos.

La sentencia corresponde a una demanda presentada por la empresa Infraestructuras y Gestión 2002, SL, consistente en un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Govern del 20 de septiembre de 2005. Como partes codemandadas, figuran los ayuntamientos de Barcelona, Cerdanyola del Vallès, Badalona y Santa Coloma de Gramenet y compromete las concesiones públicas que afectan a los ayuntamientos de Barcelona, Hospitalet, Badalona, Santa Coloma de Gramanet, Sant Adrià de Besós, St. Cugat, Rubí, Cerdanyola, Banyolés, Mataró, Calella, Santa Coloma de Farners, Falset, Noguera, Pla, Urgell Garrigues y Segarra.

Según la misma, no existe motivación para la ampliación de las licencias reservadas a la gestión municipal, que pasaron de las 24 previstas en 2005 a las 37 actuales. Además, apunta que dicha ampliación carece de un ‘estudio de la situación de la televisión local en cada demarcación lo suficientemente completo y cabal como para poner de manifiesto las circunstancias reales de demanda-oferta televisiva, las condiciones y problemáticas de las emisiones ya existentes, el número de municipios de la demarcación, el volumen de habitantes de la misma y las posibilidades técnicas y económicas de los municipios que solicitan un programa propio, máxime cuando la ampliación de programas de gestión pública va en detrimento del número de programas ofrecidos a la gestión de particulares mediante concesión administrativa’.

La Sentencia critica también la intervención del Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) pues establece que carece de capacidad legal para autorizar la sindicación de más del 25% del contenido de las televisiones locales públicas puesto que no se contempla entre sus funciones.

Por su parte el CAC explica que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo. No obstante recuerda que la Sentencia no es firme y por tanto no anula los procedimientos de concesión ni los resultados obtenidos hasta ahora.

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